Un fallo de la Justicia de Neuquén determinó que la comunidad mapuche Tuwun Kupalmeo Maliqueo tiene derechos sobre un territorio de veranada (que utilizan en primavera y verano), rechazó el pedido de desalojo realizado por un empresario (a pesar de que éste posee título de propiedad) y confirmó la supremacía de la legislación indígena por sobre el derecho privado. Es el primer fallo favorable a una comunidad indígena respecto de la práctica ancestral de trashumancia
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